La responsabilidad civil que nace de la colisión de vehículos de motor tiene su fundamento en la falta y no en el guardián de la cosa inanimada.

―Inaplicabilidad de la presunción de responsabilidad establecida por el artículo 1384, párrafo lro. del Código Civil― Introducción. Cuando una demanda en reparación de daños y perjuicios se fundamenta en el artículo 1384, párrafo lro. del Código Civil, que establece la responsabilidad del guardián de la cosa inanimada, la parte demandante se beneficia de una presunción […]